JUBILEO: CARAVACA DE LA CRUZ, AÑO JUBILAR IN PERPETUUM

Importancia y singularidad de esta concesión

El día 9 de enero de 1998, por parte de la Santa Sede, se concedió en torno a la devoción a la Vera Cruz, la celebración de un Año Jubilar a perpetuidad modo similar a las concesiones tradicionales de Santiago de Compostela, y Santo Toribio de Liébana. El primero, después de esta concesión, se celebró en 2003, teniendo una periodicidad de siete años de uno a otro.

La singularidad e importancia de dicha concesión radica en que de este modo se revaloriza y pone de relieve la importancia de la Cruz y su devoción.

Este hecho singular ha marcado sin duda un nuevo hito en el devenir de la devoción cristiana de la Cruz, de la proyección futura de su Basílica y de la ciudad de Caravaca de la Cruz.

Principales causas motivadoras de este privilegio

Entre las causas que han motivado la concesión cabe destacar un hecho religioso, cuya trascendencia se remonta años atrás en la historia de España, de la Región de Murcia y de esta ciudad: la presencia de la Stma. y Vera Cruz en estas tierras desde el siglo XIII, cuyo origen oriental es harto comprobado y donde la tradición religiosa y la fe cristiana considera depositada tres astillas del Lignum Crucis en que murió Jesucristo.

Este hecho ha supuesto el desarrollo, a lo largo de siete siglos, de un culto religioso enraizado e ininterrumpido en el seno de la fe cristiana y admitido por la Iglesia Católica, hasta el punto de asignársele por el Vaticano el culto de “Latría” (siglo XVIII), culto que sólo se debe al Santísimo Sacramento.

Esta realidad transcendió los estrictos límites locales, comarcales, regionales e incluso nacionales, convirtiéndose Caravaca en un punto neurálgico y de referencia religiosa, teniendo su máximo apogeo en los siglos XVI, XVII y XVIII, épocas en las que primó el verdadero carácter religioso de la Stma. y Vera Cruz, frente a otros atribuidos con posterioridad (mágico-religioso, supersticioso o esotérico).

 La fe regenerada en torno a la Santa Reliquia propició fundamentalmente en los siglos referidos, y aún con anterioridad, verdaderas corrientes de peregrinación hacia su Santuario desde los más diversos puntos de la geografía española; hasta tal punto que ya en pleno siglo XVI se hallaba establecido un Hospital en la localidad, del Buen Suceso, con el fin fundamental de atender a los peregrinos.

Asimismo, y con la finalidad de propiciar, difundir y mantener el culto a la Vera Cruz, nació la Real e Ilustre Cofradía de la Stma. y Vera Cruz de Caravaca, cuyos orígenes, documentalmente probados, se remontan a la Edad Media y que, ya en el siglo XVII, estaba canónicamente instituida, con base en las constituciones de Clemente VIII y Paulo V. A modo de muestra del valor de las referidas peregrinaciones nos pueden servir los jubileos decretados en distintos años de los siglos XVI y XVII, con motivo de las diferentes festividades de la Cruz (Mayo, Julio, Septiembre) o la solicitud concreta que dirigía la Cofradía en 1.663 al Papa Alejandro VII, para que se pudiera admitir en la misma cofrades procedentes de distintos puntos de España (lo que fue un hecho).

 Otros dos motivos pueden servir de móvil justificativo a lo que ha sido la base para la concesión eclesiástica del Año Santo. Por una parte el hecho de que en 1.981 fuese concedido un Año Jubilar a Caravaca, con motivo de la celebración del 750 aniversario de la Aparición de la Vera Cruz en Caravaca y que posteriormente, en 1.996, se concediese otro Año Jubilar que atrajo hasta la localidad a más de 700.000 peregrinos. Por otra, el deseo de clarificar, a nivel nacional, el verdadero sentido de la Vera Cruz de Caravaca, como símbolo de fe cristiana, frente a la difusión simplista e incluso no religiosa, que de ella se viene haciendo en los últimos tiempos en España.

Condiciones para recibir la gracia del jubileo

 Las condiciones para que el peregrino reciba el Jubileo son las siguientes:

 – Visita y participación en cualquier celebración en el Santuario de la Stma. y Vera Cruz de Caravaca, con la devoción e intención de ganar el Jubileo y orar por las intenciones del Sumo Pontífice.

  – En caso de no poder participar en una celebración, es suficiente la visita al Santuario y la recitación de una oración por la paz del mundo e intenciones del Romano Pontífice (padrenuestro, credo…).

  – Confesión sacramental y comunión eucarística. No es obligatorio recibir estos sacramentos indispensablemente en el Santuario ni en el día de la visita. Pueden recibirse unos días antes o después de la peregrinación al templo de la Cruz, en otra iglesia o en la propia parroquia de los fieles que peregrinen.

Fechas para recibir el jubileo

La concesión estable de indulgencias a lo largo de cada Año Santo a los fieles y peregrinos que visiten la Basílica-Santuario de la Santísima y Vera Cruz, se concreta en las ocasiones siguientes:

 – En los días que, cada siete años, se celebre la solemne Apertura y Clausura del Año Jubilar, y en otros días de dicho año en los que el Obispo presida algún rito solemne.

  – Una vez al año, en el día que libremente se elija por los fieles.

  – Siempre que por devoción se peregrine en grupo a la Basílica – Santuario.

  – Los días 3 de Mayo y 14 de Septiembre, festividades del hallazgo y de la Exaltación de la Santísima Cruz.